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Accidentes Por Resbalones y Caídas Para Personas con Discapacidades

Compensación Para Personas Con Discapacidades Que SE Lesionan Por Resbalones O Tropiezos Y Caídas

Abogados de Lesiones Personales Del Sur de la Florida Que Ayudan a la Comunidad

Una de las cosas más desafortunadas que hemos visto una y otra vez cuando las personas con discapacidad han sufrido un resbalón, un tropezón o una caída es la prisa por culpar a las personas lesionadas por el incidente. Ya sea que se trate de ajustadores de seguros o abogados defensores de seguros, lo único con lo que puede contar es que culpen a la víctima cada vez que tengan la oportunidad. Y cuando se trata de personas con discapacidad, la prisa por culpar a la víctima es aún más intensa de lo habitual.

Si usted o alguien que conoce con una discapacidad sufrio una lesión después de un resbalón, tropiezo o caída en Broward, Palm Beach o en cualquier otro lugar de Florida, llame a nuestra oficina hoy para hablar sobre sus derechos. Nuestros abogados tienen décadas de experiencia representando a personas con discapacidades en casos de lesiones personales y ofrecemos consultas gratuitas y confidenciales por teléfono, videoconferencia Zoom o en persona.

¿Qué ES El Código de Accesibilidad de Florida Para la Construcción de Edificios?

El Código de Accesibilidad de Florida para la Construcción de Edificios (que en el futuro llamaremos Código de Accesibilidad de Florida) es parte del Código de Construcción de Florida. El propósito del Código de Accesibilidad de Florida es establecer los estándares de accesibilidad a instalaciones comerciales, lugares de alojamiento público, instalaciones gubernamentales estatales y locales, clubes privados y edificios residenciales en Florida para personas con discapacidades. El Código de Accesibilidad de Florida proporciona estándares que los propietarios y administradores de propiedades deben seguir para garantizar que sus instalaciones cumplan con la ley de Florida.

Las disposiciones del Código de Accesibilidad de Florida son extensas y rigen todo tipo de cosas, como el tamaño de los bordillos y las rampas en los estacionamientos, la cantidad mínima requerida en los parques de fuentes de agua para beber, el diseño de las escaleras en los edificios y mucho más.

Si bien ciertas disposiciones del Código de Accesibilidad de Florida pueden parecer demasiado complicadas o exigentes para algunas personas, debe tener en cuenta que el propósito mismo del código es proteger los derechos de las personas con discapacidades en Florida. Las disposiciones detalladas del Código de Accesibilidad de Florida juegan un papel clave para garantizar que las personas con discapacidad continúen teniendo acceso a los mismos lugares a los que tienen acceso las personas sin discapacidad. Por esa razón, es de suma importancia que los propietarios y gerentes de las instalaciones se aseguren de que sus instalaciones cumplan con el código en su totalidad.

¿Cómo Puede Ayudarlo El Código de Accesibilidad de Florida Con SU Caso de Lesiones?

El caso Krueger v. Quest Diagnostics, Inc., 280 So. 3d 518 (Fla. 2d DCA 2019) es un caso extremadamente importante para los derechos de las personas con discapacidades en Florida.

En Krueger, el demandante, un anciano discapacitado, se cayó y resultó herido en el estacionamiento de un centro comercial. Debido a sus lesiones, presentó una demanda por negligencia contra el propietario y gerente del centro comercial donde se cayó.

El demandante alegó que los demandados mantuvieron negligentemente el estacionamiento al no proporcionar un bordillo adecuado que hubiera permitido a las personas discapacitadas tener suficiente acceso directo hacia y desde los espacios para discapacitados que estaban en el estacionamiento.

En el juicio, una gran parte del caso del demandante involucró el intento de establecer que el Código de Accesibilidad de Florida requería una distancia mínima entre un espacio de estacionamiento para discapacitados y una entrada accesible al edificio a través de la ruta accesible más corta, de la cual carecían las instalaciones. El demandante contrató a un arquitecto experto que concluyó que el estacionamiento no cumplía con el Código de Accesibilidad de Florida. Pero el juez de primera instancia excluyó el testimonio del arquitecto experto porque determinó que las disposiciones pertinentes del Código de Accesibilidad de Florida no abordaban la seguridad de las personas discapacitadas, sino que solo abordaban la accesibilidad a las instalaciones para personas discapacitadas. Sin poder presentar el testimonio de su arquitecto experto, el demandante esencialmente no tenía un reclamo viable por negligencia, y el juez de primera instancia finalmente dictó sentencia a favor de los demandados.

El demandante apeló la decisión del juez que sacó el caso de las manos del jurado. En su opinión, la Corte de Apelaciones del Segundo Distrito señaló la regla de larga data en Florida de que la violación de una regulación del código de construcción es evidencia de negligencia. Es importante destacar que el Segundo DCA no estuvo de acuerdo con el juez de primera instancia, y el tribunal de apelaciones sostuvo que las disposiciones pertinentes del Código de Accesibilidad de Florida “promueven la seguridad para los discapacitados” y que se debería haber permitido que testificara el arquitecto experto del demandante.

El tribunal de apelaciones finalmente revocó el dictamen del tribunal de primera instancia a favor de los demandados y devolvió el caso porque, si se le hubiera permitido al demandante presentar el testimonio de su perito arquitecto que mostrara que el estacionamiento no cumplía con el Código de Accesibilidad de Florida, entonces el demandante habría presentado un caso suficiente para ser sometido a un jurado.

A pesar de esta importante opinión que protege los derechos de las personas con discapacidades en nuestro estado, el Código de Accesibilidad de Florida continúa siendo subutilizado en casos de lesiones personales. De hecho, muchos abogados de lesiones personales de Florida ni siquiera saben que existe el Código de Accesibilidad de Florida, y mucho menos saben que puede ayudarlos a construir un caso sólido para sus clientes.

Póngase en Contacto Con Nuestra Oficina Hoy Para Una Consulta Gratuita

Tener una discapacidad no significa que no tenga derecho a un lugar seguro y protegido cuando vaya al supermercado, al restaurante, al cine, al centro comercial o a cualquier otro lugar de Florida. De hecho, una de las cosas más importantes del Código de Accesibilidad de Florida es que ayuda a garantizar que los propietarios y administradores de locales mantengan sus instalaciones en condiciones seguras para todas las personas.

Nuestra oficina se especializa en casos de resbalones, tropiezos y caídas en Florida. Nuestra oficina está ubicada en Coral Springs y representamos a clientes en toda Florida. Estaremos encantados de discutir su caso con usted por teléfono, por videoconferencia o reunirnos con usted en persona en nuestra oficina.


Si usted o alguien que conoce con o sin una discapacidad resultó lesionado como resultado de un resbalón, tropezón o caída, comuníquese hoy con nuestros abogados al (954) 833-1440 para una consulta gratuita.


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